En consecuencia y con fundamento en lo antes expuesto, este Tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, ACUERDA: LA INMEDIATA LIBERTAD del ciudadano KIUVER DE JESUS BETANCOURT DIAZ, titular de la cedula de identidad Nº 15.173.938, por tratarse el presente caso de una Usurpación de Identidad, en la persona del antes mencionado ciudadano. Ofíciese al Director del Departamento de Asesoria Legal y Director de SIPOL del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalisticas, a objeto de que se sirvan dejar sin efecto las solicitudes de captura que pesan sobre el ciudadano KIUVER DE JESUS BETANCOURT DIAZ. Notifíquese a la defensa del penado y al Fiscal Décimo de Ejecución de Sentencias del Ministerio Público del Estado Anzoátegui. Cúmplase.