En este estado, en virtud de estar constituido en el inmueble objeto de la presente medida, de haberse garantizado el derecho a la defensa de la parte demandada y de los terceros con interés legítimo, este Tribunal pasó a dar cumplimiento a la presente comisión y en consecuencia este Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar y Diego Bautista Urbaneja de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY DECLARA LA RESTITUCION DE LA POSESIÓN de la parcela de terreno Y DE LAS BIENHECHURIAS anteriormente identificados y lo pone en posesión del ciudadano HERBERTO ANTONIO MARQUEZ GUTIERREZ; en la persona de sus Apoderados Judiciales Abogado JOSÉ ANTONIO LOPEZ GUZMAN y GUSTAVO MORENO MEJIAS, inscritos en el Inpreabogado bajo los Números 54.962 y 12.073, respectivamente, libre de bienes, personas y cosas. Y así de declara. En este estado intervienen los Abogados en eje.....