En base a las consideraciones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso-Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental, actuando en sede constitucional en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Con Lugar la presente acción de amparo constitucional interpuesta por la ciudadana Ismari Del Valle Pariche, contra Constructora Urbano Fermín (Cuferca).
SEGUNDO: Se ordena a la Constructora Urbano Fermín (Cuferca), el cumplimiento de la Providencia administrativa Nº 10-52, dictada en fecha 3 de febrero del 2010, por la Inspectoría del Trabajo en los Municipios Sotillo, Guanta y Urbaneja del Estado Anzoátegui y en consecuencia, la inmediata reincorporación de la ciudadana Ismari Del Valle Pariche, antes identificada, al cargo que venia desempeñando para el momento que se produjo el despido, o a otro de igual categoría.
TERCERO: No hay condenatoria en costas dado la na.....