Por lo que esta Corte considera que la inhibición planteada tiene como asidero la causal legal invocada, y además en el presente caso, se cumple como requisito sine quanon, que la inhibida desempeña el cargo de Juez, razones estas que conllevan a esta Corte Superior, Sección Adolescentes de la Región Oriental Sala Especial Accidental del Circuito Judicial Penal de los Estados Anzoátegui y Monagas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, a Declarar la presente inhibición CON LUGAR.
Remítase la presente causa al Juzgado del Municipio Francisco de Miranda de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui.
LOS JUECES INTEGRANTES DE ESTA CORTE SUPERIOR
El Juez Presidente
Dr. Javier Villarroel Rodríguez.
El Juez Ponente .....