Por las razones expuestas, este Tribunal Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR, la Solicitud de DIVORCIO, formulada por los Ciudadanos JULIO CESAR MEJIAS y CARMEN ELENA IDROGO ZAMORA, ambos plenamente identificados; y en consecuencia declara DISUELTO el vínculo matrimonial que los une, celebrado en fecha OCHO DE ENERO DE MIL NOVECIENTOS OCHENTA Y TRES (08 de enero de1983), ante la Prefectura del Distrito Simón Rodríguez de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui.-