Vista la manifestación de voluntad sin coacción alguna de LUIS CONTRERAS MARCANO, ya identificado este Tribunal de Violencia Contra la Mujer, en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, una vez oída las partes decide, PRIMERO: Se condena al ciudadano LUIS CONTRERAS MARCANO, A cumplir la pena de SEIS (6) AÑOS y SIETE (7) MESES DE PRISIÓN, por la comisión de delito de violación tipificado en el articulo 374 en el Código de Procedimiento Penal, asimismo establecido en el articulo 43 de la Ley Orgánica Sobre el Derecho de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, cometido en perjuicio de la Victima, MARIA DEL VALLE LA ROSA GARCÍA. SEGUNDO: El ciudadano LUIS CONTRERAS MARCANO, se mantendrá en el mismo sitio de reclusión , el cual es el Instituto Autónomo de Policía Municipal del Municipio de Sotillo del Estado Anzoátegui. TERCERO: No se condena en costas proces.....