Por todos los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en Función de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, DECLARA SIN LUGAR, la solicitud interpuesta por el Dr. FORTUNATO HERRERA, abogado en ejercicio, en su carácter de Defensor de Confianza de los acusados JESUS ALEXANDER SALAZAR CEDEÑO y EMERSON ECHEZURIA ROJAS, y MANTIENE la MEDIDA JUDICIAL DE PRIVACION PREVENTIVA DE LIBERTAD, impuesta a los acusados JESUS ALEXANDER SALAZAR CEDEÑO y EMERSON ECHEZURIA ROJAS, ampliamente identificados en autos, por considerar que continúan llenos los supuestos establecidos en el articulo 250 y 251 del Código Orgánico Procesal Penal, que dieron lugar a la interposición de la misma, Asimismo, constituido como se encuentra este Tribunal en Tribunal Unipersonal de Juicio, se ratifica el día 07-10-2010, a las 10:30 a.m., oportunidad para .....