En virtud de las consideraciones de hecho y de derecho anteriormente expuestas, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y de Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando Justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, se declara incompetente por la materia para conocer del presente juicio que por RENDICIÓN DE CUENTAS, hubieren incoado los ciudadanos JEISY ANTONIO GARCIA, LEOPOLDO RAMIRES, JOSE ENRIQUE RUIZ, ROGER ARTURO GAFARO, JOSE LUIS VILLARENA, ANTONIO RAFAEL NORIEGA, ELVIS ALEXANDER ALZOLAR, FRANCISCO ANTONIO AREINAMO, PEDRO RAFAEL PEREZ y PEDRO MANUEL D`VIAZZO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. 12.070.614, 5.494.674, 4.510.904, 3.312.423, 18.127.536, 8.331.277, 11.906.723, 14.765.458, 4.010.343 y 8.303.005, respectivamente, asistidos por la abogada en ejercicio Joselin Rodríguez, inscrita en el Inpreabogado bajo el .....