"...Por todos los fundamentos de derecho expuestos, este Juzgado, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la Ley DECLARA ÚNICOS Y UNIVERSALES HEREDEROS DE LA DE CUJUS antes mencionada a los ciudadanos JUAN CARLOS CARDENAS LARA venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-8.303.300, conjuntamente con su hijo: JEAN CARLOS CARDENAS CALMA, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº V-25.272.187. Y así se Declara..."