"...y. en consecuencia este Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar y Diego Bautista Urbaneja de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA SECUESTRADO Un inmueble constituido por un apartamento, distinguido con el Nº 5-5-A, en el piso 5, del edificio 5 del Conjunto Residencial Palma Dorada, ubicada en el Cerro Sur del complejo turístico el Morro, Municipio Urbaneja del Estado Anzoátegui. Y ASI SE DECLARA..."