Este Tribunal Superior, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara, Parcialmente Con Lugar la apelación ejercida por la Abogada MARISANDRA ROJAS, en contra de la decisión dictada el 09 de julio de 2001, por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de esta Circunscripción Judicial, en el juicio por COBRO DE BOLIVARES (Vía Intimación), seguido por el ciudadano ANTONIO MORENO RODRIGUEZ, contra su poderdante, la sociedad de comercio CLINICA GONZALEZ ORSINI, C.A., ambas partes identificadas de autos; y condena a esta última a cancelar a la demandante la cantidad de VEINTISIETE MILLONES CIENTO OCEHNTA MIL BOLIVARES (Bs. 27.180.000,00), por concepto del monto adeudado, reflejado en la factura acompañada a la demanda, más los intereses reclamados que ascienden a la cantidad de Bs. 2.914.750,00.