Visto el desistimiento formulado por la parte demandante en la presente causa, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, lo HOMOLOGA en los mismos términos y condiciones en que fue suscrito y conforme a la Ley.- Devuélvanse originales de documentos consignados junto con el escrito libelar, previa su certificación en autos. Se da por terminada la presente causa y se ordena el archivo de la misma.-