"...este Juzgado Segundo Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar y Diego Bautista Urbaneja de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, DECLARA CUMPLIDA LA MEDIDA DE AMPARO A LA POSESIÓN, en virtud de haberse notificado a la ciudadana BRIGIDA MARÍA CARREÑO DE KORBACS, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° V-1.303.758, que se abstenga de seguir realizando actos perturbatorios en el local comercial plenamente identificado en el despacho de ejecución. Acto seguido, se deja constancia que la ciudadana BRIGIDA MARÍA CARREÑO, manifiesta que se retira del presente acto por problemas de salud y no va a firmar e acta. Este Juzgado le hace saber a la notificada y parte querellada que ella ya está notificada de la presente medida. En este estado interviene el Abg. Jean Carlos Loiodice, ya identificado y expone: "Niego los alegatos.....