En base a los razonamientos anteriores, este Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y del Transito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando Justicia, en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA el CONVENIMIENTO hecho por la parte demandada, en su Escrito de fecha 27 de Noviembre del 2.013, en la Demanda de Acción Mero Declarativa que ha incoado JANNY ARGELIA MALAVE SANTAMARIA, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 12.577.018 y de este domicilio, debidamente asistida por la Abogada FRANCYS RODRIGUEZ, de este domicilio e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 139.000, en contra del ciudadano ROBERTO AUGUSTO GIULIANI VIZCAINO, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad Nº 13.923.653 y de este domicilio, en la misma forma, términos y condiciones expresadas en dicho Escrito; ordenándose proceder como en Sentencia pasada, en Autoridad de cosa juzga.....