Por las consideraciones antes expuestas, este Juzgado Segundo del Municipio Simón Bolívar de la Circunscripción Judicial del estado Anzoátegui, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECRETA la Conversión en Divorcio de la separación de cuerpos y de bienes, intentada por los ciudadanos YELLERKIN JOSE HERNANDEZ y GLEDYS DAYANA LAYA GONZALEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números 19.638.226 y 19.012.606, respectivamente, con fundamento en el artículo 189 del Código Civil, en armonía con el artículo 762 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia, declara disuelto el vínculo del matrimonio civil, contraído por los precedentemente mencionados ciudadanos YELLERKIN JOSE HERNANDEZ y GLEDYS DAYANA LAYA GONZALEZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad números 19.638.226 y 19.012.606, en fecha 01 de febrero de 20101, por ante el Registro Civil de la Parroquia .....