En consecuencia, este Tribunal de Control, Audiencia y Medidas Nº 2, del Circuito Judicial con Competencia en Delitos de Violencia contra la Mujer, Administrando Justicia en Nombre de la República y Por Autoridad de la Ley DECRETA: SIN LUGAR el pedimento formulado por las Abogadas; AURORA PORTOCARRERO de CHAVEZ Y JENNY RUIZ LOPEZ, en representación del ciudadano imputado; JUAN CARLOS PULIDO MORALES, relacionado con la Revisión de la Medida Privativa Judicial Preventiva de libertad dictada por este Tribunal de Violencia Contra la Mujer en Función de Control Audiencia y Medidas Nº 2 del Circuito Judicial con Competencia en Delitos de Violencia contra la Mujer, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 250 del Código Orgánico Procesal Penal. Notifíquese. Cúmplase.
JUEZ DE CONTROL, AUDIENCIA Y MEDIDAS Nº 02,
Abg. LUIS MANUEL MANEIRO
LA SECRETARIA,
Abgda. MILADIS HERNANDEZ