Este Tribunal Superior administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la recusación propuesta por el ciudadano ROMAN ANTONIO RINCON CASTILLO, venezolano, mayor de edad, titular de las Cédula de Identidad Nº 6.173.791, abogado en ejercicio e inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 133.968, actuando en su condición de Apoderado Judicial de la sociedad mercantil MANUFACTURAS Y SERVICIOS ORIENTALES, C.A. (MYSOCA), contra la ciudadana Jueza del JUZGADO SUPERIOR EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DE LA REGION NOR-ORIENTAL, Dra. MIRNA MAS Y RUBI SPOSITO, con ocasión al juicio de DESALOJO interpuesto por la empresa INVERSIONES LEBRUNO, C.A. (INVELCA) contra la sociedad mercantil MANUFACTURAS Y SERVICIOS ORIENTALES, C.A.
De conformidad con lo establecido en el artículo 98 del Código de Procedimiento Civil, se impone a la parte recusante, ciudadano ROMAN ANTONIO RINCON CASTILLO, venezolano, mayor .....