"...declara:
PRIMERO: Con lugar la defensa perentoria efectuada por la ciudadana MONICA BRACHO, supra identificada, por cuanto no tiene cualidad para sostener el presente juicio.
SEGUNDO: Improcedente la acción por nulidad de acta de asamblea incoada por la ciudadana LAIRONE MATA LEANDRO, venezolana, mayor de edad y titular de la Cedula de Identidad Nros. V-13.169.909, abogada en ejercicio actuando en su nombre y en representación de su cónyuge ciudadano JORGE LUIS SILVA ROJAS, venezolano, mayor de edad y titular de la Cedula de Identidad dNro. V-6.299.597.
TERCERO: Se condena en costas a la parte demandante en virtud de la presente sentencia.
CUARTO: Se ordena la notificación de las partes en virtud que la presente resolución fue dictada fuera del lapso de Ley..."