En mérito de lo precedentemente expuesto, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, DECLARA:
PRIMERO: PARCIALMENTE CON LUGAR la demanda propuesta por el ciudadano JOSÉ CESAR DÍAZ, contra la sociedad mercantil CNPC AMERICA LTD.
SEGUNDO: Se condena a la empresa demandada a cancelar al trabajador demandante las sumas y conceptos que de seguidas se detallan:
.-45 días por concepto de Antigüedad conforme a lo previsto en el Artículo 108 de la Ley Orgánica del Trabajo para un total de Bs: 1.429.316,1.
.- 22 días por concepto de Vacaciones y Bono Vacacional, establecido en la Ley Orgánica del Trabajo Artículos 219 y 223, para un total de Bs.645.333,26
.-15 días por concepto de Utilidades, de conformidad con la Ley Orgánica del Trabajo Artículo 174, arroja un total por este concepto de Bs.439.999,95.
.- Por concepto de Gastos P.....