En mérito a lo anteriormente descrito, este Juzgado Tercero de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR, la demanda por cobro de diferencia de prestaciones sociales e indemnización proveniente de enfermedad profesional, que intentara el ciudadano OMAR DIAZ, titular de la Cédula de Identidad Nro. 3.483.241, en contra de la empresa CONSTRUCTORA GOMEZ & ASOCIADOS, C.A. (GOACA). Se condena a la empresa demandada a pagar la suma de TREINTA Y SEIS MILLONES DOSCIENTOS SEIS MIL SEISCIENTOS VEINTICINCO BOLIVARES (Bs. 36.206.625,00), por concepto de prestaciones sociales y otros conceptos laborales además del monto que arroje la experticia co0mplemenatria ordenada, por los conceptos: Intereses sobre prestaciones sociales, intereses de mora y corrección monetaria.