Por las razones antes expuestas, este Tribunal de Control N° 06 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, DECRETA LA INMEDIATA LIBERTAD POR IMPOSICIÓN DE MEDIDAS CAUTELARES SUSTITUTIVAS, al imputado: LUIS SAUL GONZALEZ CEDEÑO, venezolano, natura de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació el día 31/08/1987, de 18 años de edad, Titular de la Cedula de Identidad N° 18.280.736, de estado civil soltero, de profesión u oficio obrero, hijo de los ciudadanos IVAN RAFAEL GONZALEZ (v) y YAMILETH (v) residenciado en la calle 15, casa S/N, Los Olivo, Las Terrazas de Posuelo, Puerto la Cruz, Estado Anzoátegui, por la presunta comisión del delito de HURTO CALIFICADO, Previsto y Sancionado en el artículo 453, Ordinal 4° del Código Penal; todo conforme a lo establecido en el artículo 256 Ordinales 3°, y 4°. Líbrese oficio a la Policía Municipal de Sotillo del Estado Anzoátegui, participa.....