SE DECLARÓ SIN LUGAR la solicitud presentada por el Defensor Privado abogado JESUS RAFAEL ALFARO, referida a la imposición de una Medida Cautelar Sustitutiva menos gravosa, de las previstas en el artículo 582 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, a favor del acusado P.E.A.B., (SE OMITEN DATOS FILIATORIOS); en la causa seguida en su contra por la presunta comisión del delito de HOMICIDIO INTENCIONAL CALIFICADO POR MOTIVOS FUTILES E INNOBLES EN GRADO DE COAUTOR, previsto en el artículo 406 numeral 1 del Código Penal, en concordancia con el artículo 83 ejusdem, en perjuicio del ciudadano hoy occiso JIMMY ANGEL GONZALEZ. Todo de conformidad con los artículos 581 y 539 ambos de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes.