Este Tribunal, con vista a la documentación acompañada a la solicitud en referencia, declara las presentes actuaciones suficientes Titulo de Perpetua Memoria, para asegurarles al ciudadano ANDRES ORZAEZ ABARGUES, venezolano, titular de la cédula de identidad Nro. V- 8.326.996, su condición de UNICO Y UNIVERSAL HEREDERO de quien en vida se JOSEFA ABARGUES DE ORZAEZ, titular de la cedula de identidad Nº 3.176.192, quien en vida era de nacionalidad venezolana, falleció en fecha 03 de octubre de 1995, en su domicilio en el apartamento 14 del Edificio Bolívar ubicado en la Av. Manuel Díaz Rodríguez, Urbanización Santa Mónica de la Ciudad de Caracas del Distrito Capital, conforme consta del Acta de Defunción. Y en su condición de UNICO Y UNIVERSAL HEREDERO de quien en vida se llamara MARIA DE LA LUZ DEL BUSTO DE ABARGUES, titular de la cedula de identidad Nº 2.944.484, fallecida el 20 de febrero de 1998 en la Ciudad de Caracas, Distrito Capital en la Unidad Medica Los Laureles El.....