En virtud de los razonamientos anteriormente expuestos, este Tribunal Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara la PERENCION DE LA INSTANCIA, en el presente juicio por ACCION MERO DECLARATIVA DE RELACION CONCUBINARIA, presentada por la ciudadana AIDA ISOLINA PALMA, ya identificada en autos, conforme a lo dispuesto en los artículos 267 y 269 del Código de Procedimiento Civil. ASI SE DECIDE.-