Por las razones antes expuestas, este TRIBUNAL DEL MUNICIPIO SAN JOSÉ DE GUANIPA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI, ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA Y POR AUTORIDAD DE LA LEY, Declara CON LUGAR, la solicitud de CONVERSIÓN DE LA SEPARACIÓN DE CUERPO EN DIVORCIO, planteada por los ciudadanos JESUS DAVID RONDON CAÑAS y SILVIA LUISANA ITANARE FERRARO, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cédulas de identidad Nros: V-17.008.197 y V-18.982.750, respectivamente, de este domicilio; y en consecuencia declara DISUELTO el vínculo matrimonial que los une, celebrado en fecha Veinte de Diciembre del año dos mil siete (20/12/2007), por ante la Prefectura del Municipio Autónomo Guanipa del Estado Anzoátegui el cual quedara asentado en el Libro de Actas de Matrimonio Nº 2, bajo el No. 308, folios vuelto del 215 y 216 del Registro Civil de Matrimonios, llevados por ese Despacho del Registro Civil del Municipio Guanipa, durante e.....