...En este estado el Tribunal, visto que ambos apoderados se encuentran facultados para transigir, y que el acuerdo transaccional materializado no vulnera lo previsto en los artículo 89 ordinal 2° de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, 10 y 11 del Reglamento de dicha ley, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley le imparte su HOMOLOGACION en todas y cada una de sus partes, otorgándole carácter de cosa juzgada. Asimismo se deja constancia que se entregan en este acto a las partes las pruebas promovidas en la instalación de la audiencia preliminar. Así también se acuerda la entrega del cheque objeto de la presente transacción al apoderado actor, siendo que se encuentra plenamente facultado para ello...