Sobre la base de los argumentos expuestos, este Tribunal, administrando justicia, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, condena al Instituto Autónomo de Policía Municipal del Municipio Simón Bolívar del Estado Anzoátegui a pagar al ciudadano Jesús Ramón Coa Ruiz, ya identificado: a) La prestación de antigüedad que resulte de multiplicar los días de salarios correspondientes a la antigüedad periódica establecida en el artículo 108 de la Ley Orgánica del Trabajo por el salario final del trabajador; b) La prestación de antigüedad adicional establecida en el primer aparte del artículo 108 de la Ley Orgánica del Trabajo, y cualesquiera otras prestaciones o indemnizaciones, bonos, vacaciones, intereses y salarios dejados de percibir hasta la fecha de su despido; y c) El valor que represente, la pérdida de valor adquisitivo de los montos dejados de percibir por el trabajador en su oportunidad, hasta el día en que se realice efectivamente el pago de la totalidad del pasivo labo.....