En consecuencia, este Tribunal Segundo de Primera Instancia de Juicio del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, de la demanda por COBRO DE DIFERENCIA DE PRESTACIONES SOCIALES Y DEMÁS CONCEPTOS LABORALES incoada por el ciudadano VICTOR NOEL RODRIGUEZ, contra la empresa CONSTRUCCIONES G.M.A.,C.A., ambos plenamente identificados en autos. En El Tigre, a los seis (06) días del mes de Julio del dos mil cinco (2.005). Años 194 de la Independencia y 146 de la Federación. Déjese copia certificada. Cúmplase.