De conformidad con el artículo 35 de la Ley de Amparo conociendo en consulta, REVOCA en todas sus partes la decisión dictada en fecha 26 de abril del año 2005 por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo civil, Mercantil, Agrario y tránsito de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, mediante la cual declaró el Abandono del Trámite de conformidad con lo establecido en el artículo 25 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales, y en consecuencia, declara la inadmisión del presente procedimiento, de conformidad con el artículo 19 de la Ley de Amparo.