En base a las consideraciones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Superior en lo Civil y Contencioso-Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Nor-Oriental, actuando en sede Constitucional en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Con Lugar la presente Acción de Amparo Constitucional interpuesta por el ciudadano Carlos Rafael Salcedo, debidamente asistido por las Abogadas Elvira Solano Aragort Maryoris de Lira, Lolyvette Rojas y Norys Marín, contra la empresa Express, 2030 C.A., todos anteriormente identificados.