Por los fundamentos expuestos, este JUZGADO TERCERO DE PRIMERA INSTANCIA DE JUICIO DEL TRABAJO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI, con sede el Tigre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: 1) CON LUGAR la demanda de Estimación e Intimación de Honorarios Profesionales, intentada por la ciudadano ISAIAS GUILARTE MARQUEZ, venezolano, mayor de edad, con cédula de identidad número 4.909.973, inscrito en el INPREABOGADO bajo el N º 118.857;, en contra del ciudadano JESUS RAMON CHACARE, titular de la Cédula de Identidad Nro. 4.912.476, en lo que respecta al derecho que tiene el referido abogado a cobrar honorarios profesionales, conforme a lo dispuesto en el único aparte del artículo 22 de la Ley de Abogados. En consecuencia, una vez que quede definitivamente firme el presente fallo, comenzará inmediatamente la etapa ejecutiva del proceso, en consecuencia el ciudadano JESUS RAMON CHACARE, deberá compare.....