Ahora bien, por cuanto se evidencia que las prenombradas bienhechurias se encuentran enclavadas en un lote de terreno perteneciente al Municipio Aragua del Estado Anzoátegui, según se evidencia de Constancia Ejidal, expedida por el Director de Catastro en fecha 23-03-2015, cursante al folio dos (02), la información favorable sobre la condición jurídica del terreno, expedida por la Sindico Procurador Municipal, en el cual remite a este Juzgado informe suscrito por la Dirección de Catastro de la Alcaldía de este Municipio Aragua, de fecha 20-05-2015, cursante a los folios ocho (08) al diez (10) y las declaraciones rendidas por las ciudadanas: INDIRA YULEIMA TORREALBA GONZALEZ y MARISELA CAROLINA , venezolanos, mayores de edad, titulares de la cedula de identidad Nos. 19.983.451 y 8.469.765, respectivamente, ambos domiciliados en este Municipio Aragua del Estado Anzoátegui, quienes fueron hábiles y contestes en sus testimoniales cursantes al folio doce (12) y no habiendo oposición de te.....