Tribunal Séptimo de Municipio Ordinario y Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar, Diego Bautista Urbaneja, Juan Antonio Sotillo y Guanta de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO, fundamentada en el Artículo 185-A del Código Civil, presentada por los ciudadanos ADRIANNYS MAHOLYS ALVAREZ ADRIAN y CARLOS JESÚS CARRASQUEL BARRIOS, asistidos por el abogado DANIEL JOSÉ HERNÁNDEZ, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 137.979. En consecuencia, se declara disuelto el vínculo matrimonial existente entre ellos, el cual fue contraído por ante la Junta Parroquial El Morro del Municipio Turístico Licenciado Diego Bautista Urbaneja, Lechería, Estado Anzoátegui, según consta de acta de matrimonio N° 07, el día 20 de febrero del año 2009, acompañada a los autos en copia certificada. Y ASÍ SE DECIDE.-