Por las consideraciones que anteceden, esteTRIBUNAL PRIMERO DE MUNICIPIO ORDINARIO Y EJECUTOR DE MEDIDAS DE LOS MUNICIPIOS ARAGUA, SIR ARTHUR MAC GREGOR Y SANTA ANA DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ESTADO ANZOÁTEGUI, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, declara: TERMINADO el presente procedimiento de divorcio, fundamentado en el artículo 185-A del Código Civil, presentada porla ciudadana JOSEFA DEL CARMEN HERRERA DE VALLENILLA, venezolana, mayor de edad y titular de la cédula de Identidad N° 8.232.921, debidamente asistida por Abogado LEONEL JOSÉ MARQUEZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 225.627, en contra del ciudadano LUIS ALBERTO VALLENILLA, venezolano, mayor de edad, titular de la cédula de identidad N° 6.482.589 y ordena el archivo del presente expediente.-
Regístrese, publíquese y déjese copia certificada de la presente decisión.-
Dada, firmada y sellada en la Sala de Desp.....