ORDENA LA LIBERTAD INMEDIATA del ciudadano IDENTIDAD OMITIDA, venezolano, natural de Ciudad Bolívar, Estado Bolívar, de 22 años de edad; titular de la cédula de identidad Nº 20.262.426, casado, hijo de los ciudadanos Raiza Lizardi y padre desconocido, domiciliado en la Calle 06, casa s/n, Barrio Lindo Estado Anzoátegui, a quien le fue decretado el Sobreseimiento Definitivo de la causa por Prescripción de la Acción Penal, a favor del joven AREGENIS BELTRAN LIZARDI, por el delito de ROBO AGRAVADO, previsto en el artículo 455 del código penal, en relación con el artículo 458 ejusdem, en relación con el artículo 615 de la Ley Orgánica para la protección de Niños, Niñas y Adolescentes, en relación con el artículo 318 numeral 3 del Código Orgánico Procesal Penal, 322 ejusem y 110 del código penal, aplicado supletoriamente por autorización expresa del artículo 537 de la Ley Orgánica para la protección de Niños, Niñas y Adolescentes; acordando Dejar Sin Efecto las Ordenes de Captura dictadas.....