Esta Corte Superior Sección Adolescentes de la Región Oriental Sala Especial Accidental del Circuito Judicial Penal de los Estados Anzoátegui y Monagas, administrando justicia en nombre de la República de Venezuela y por autoridad de la Ley, de conformidad con la norma contenida en los Literales ¿b¿ y ¿c¿ del artículo 437 del Código Orgánico Procesal Penal, en perfecta armonía con los artículos 448 y 172 eiusdem, declara INADMISIBLE POR EXTEMPORANEO E IRRECURRIBLE, el presente Recurso de Apelación interpuesto por el Abogado Frank Armando Subero Indriago, en su carácter de Defensor de Confianza del adolescente Lievano Antonio Centeno Codallo, contra la decisión dictada por el Tribunal Primero de Primera Instancia en Función de Control, sección Adolescentes, de este Circuito Judicial Penal, en fecha 05 de Agosto de 2004, en el asunto principal N° BP01-D-2004-000211, seguido contra su representado por la presunta comisión del delito Desvalijamiento de Vehículos Automotores, cometido e.....