Por los razonamientos antes expuesto, este Tribunal Tercero de Control del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, decreta: Sin Lugar la Revisión de Medida interpuesto por la Dra. LISBETH FIGUERA CUMANA, en su condición de Defensora de Confianza de los imputados LUIS ALCIDEZ BRAVO SALCEDO y JAIRO JOSE BRAVO SALCEDO, titulares de las Cédula de Identidad N° 17.409.166 y 19.840.395, en su orden, quienes se encuentran privados de libertad por la presunta comisión de los delitos de ENCUBRIMIENTO y OCULTAMIENTO DE ARMA DE FUEGO, previstos y sancionados en los Artículos 254 y 277 ambos del Código Penal, con las agravantes establecidas en el Articulo 217 de la Ley Orgánica para la Protección del Niño y el Adolescente, cometido en perjuicio de los ciudadanos FABIANA DEL VALLE BALBUENA GIL, ROSA GUERRA, LUIS CARLOS CUMANA YANEZ, ANGEL CUSTODIO BRAZON y ALEJANDRO HUMBERTO BRAZON; de conform.....