En consecuencia este Juzgado Cuarto de Juicio del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA: CONDENA al acusado JOSE LUIS HERNANDEZ GONZALEZ, quien es venezolano, titular de la cédula de identidad N° V- 20.358.589, natural de Barcelona, Estado Anzoátegui, de 20 años de edad, de estado civil Soltero, oficio Obrero, hijo de los ciudadanos José Luís Hernández y Isabel González-, residenciado en Calle Simón Rodríguez, casa Nº 30 Barrios Los Estudiantes Barcelona, Estado Anzoátegui; por la comisión de los delitos de HOMICIDIO INTENCIONAL en perjuicio de ALI ANTONIO MARRON (occiso) y PORTE ILICITO DE ARMA DE FUEGO en perjuicio del Orden Público, previstos en los artículos 405 y 277 del Código Penal en relación con el articulo 03 y 07 de la Ley sobre Armas y Explosivos, a cumplir la pena de DOCE (12) AÑOS y NUEVE (09) MESES DE PRISIÓN, más las accesorias de Ley, establ.....