Por los razonamientos anteriormente expuestos este Tribunal de Juicio Sección de Adolescente del Circuito Judicial Penal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela declara con lugar el petitorio de la Ciudadana MARIA CAROLINA PEREZ, GARCIA titular de la Cédula de Identidad Número 8.238.456, domiciliada en la Ciudad de Barcelona Estado Anzoátegui; progenitora del imputado IDENTIDAD OMITIDA,, y consecuencialmente ACUERDA solicitar información a la Comandancia General de Policía de este Estado, si el referido imputado se encuentra en esa Institución y de ser positiva, se ordena su traslado al Reten de la Policía del Municipio Bolívar de este Estado, con sede la Urbanización Brisas del Mar de esta ciudad .Así mismo solicitar información al citado Reten si el referido imputado se encuentra en esa Institución y de ser positiva ORDENA su permanencia en esa Institución Policial del cual no podrá ser trasladado arbitrariamente a otra institución, sin au.....