Por las razones expuestas este Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio, de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Circuito Judicial El Tigre, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley; ordena la HOMOLOGACIÓN DEL DESISTIMIENTO formulado por la parte actora y procédase como sentencia pasada con autoridad de Cosa Juzgada conforme a lo establecido en el artículo 263 del código de Procedimiento Civil Venezolano. Publíquese, regístrese y déjese copia certificada. DADA, FIRMADA Y SELLADA en la sala del despacho del Tribunal Primero de Primera Instancia de Juicio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, Circuito Judicial Tigre. Cúmplase.