En consecuencia este Tribunal Segundo de Ejecución del Circuito Judicial PEnal del Estado Anzoátegui, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, EJECUTA EL SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA, seguida a la ciudadana DAYSI CAROLINA GONZALEZ RONDON, quien es Venezolana, natural de Altos de Santa Fe, Estado Sucre, titular de la Cédula de Identidad N° 14.317.355, de 26 años de edad, de profesión u oficio del Hogar, casada, hija de los ciudadanos Pedro Celestino Gonzalez (v) y de Eglis Josefina Rondón (v), residenciada en Terrazas de Pozuelos, sector A, terraza 4, casa N° 02, Puerto la Cruz, Estado Anzoátegui. Oficíese al Ministerio de Interior y Justicia, a la Oficina Nacional de Identificación y Extranjería del Ministerio de Relaciones Interiores , a la División del Cuerpo de Investigaciones Cientificas, Penales y Criminalisticas, (SIPOL), Delegación Caracas y Barcelona, a objeto de que eliminen las posibles solicitudes de captura que pe.....