"...Seguidamente el Juez Provisorio Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar y Diego Bautista Urbaneja de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui vistas las exposiciones de la parte actora así de la parte demandada ambas debidamente identificadas en cuanto a que este tribunal se abstenga de practicar la presente medida en virtud de lo convenido en este acto. Asimismo la solicitud que el presente exhorto sea remitido al Juzgado de la causa a los fines de la homologación de lo convenido, este Tribunal por cuanto lo solicitado no es contrario a derecho o alguna disposición expresa en la Ley SE ABSTIENE de practicar la presente medida encomendada por el comitente, en lo que se refiere a la casa de habitación que ocupa la ciudadana Elaine Gil de Lanza. Acto seguido este Juzgado Primero Ejecutor de Medidas de los Municipios Simón Bolívar y Diego Bautista Urbaneja de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui ADMINISTRANDO JUSTICIA EN NOMBRE DE LA REPUBL.....