en relación con lo dispuesto en los artículos 473 y 474, ambos del Código Orgánico Procesal Penal, así como lo previsto en los artículos 482 y siguientes del Código Orgánico Procesal Penal, referidos a la SUSPENSIÓN CONDICIONAL DE LA EJECUCIÓN DE LA PENA, por cuanto la pena a cumplir no excede de cinco años de prisión. Se ejecuta la Sentencia Condenatoria dictada en fecha;05/11/2015, por el Tribunal de Violencia Contra La Mujer en función Control Audiencia y Medidas Nº 1 del Circuito Judicial con Competencia en Delitos de Violencia Contra la Mujer del Estado Anzoátegui, mediante la cual condenó al penado; ROGER DANIEL ZAMBRANO, titular del Numero de Cedula de identidad V-14.477.294, a cumplir la pena de; D0S (02) AÑOS DE PRISIÓN, por la comisión la comisión de los delitos de; Acto carnal, previsto y sancionado en el artículo 378 del Código Penal y los delitos de; AMENAZA, ACOSO u HOSTIGAMIENTO y VIOLENCIA PSICOLOGICA, previstos y sancionados en los artículos; 39, 40 y 41 de la Ley Orgá.....