Finalmente pide la palabra la ciudadana MARTHA ANTONIA ROMERO CEDEÑO antes identificada y expone: "Vista la solicitud realizada por la co-propietaria del bien inmueble, ocupante del mismo, concedo el lapso de cuarenta y cinco (45) días contado a partir de la presente fecha, con fines de que la misma me haga entrega del bien inmueble, es todo". El Tribunal, vista la transacción suscrita en el presente acto imparte su correspondiente HOMOLOGACION de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil en los mismos términos y condiciones, asimismo ordena expedir tres (03) juegos de copias certificadas de la presente acta de conformidad con los artículo 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil, así de decide. Es todo, termino, se leyó y conformes firman.-