así mismo se ordena una nueva publicación de carteles de conformidad a lo establecido en el artículo 223 del Código de Procedimiento Civil, Dicho cartel deberá ser publicado en los diarios locales, "El Tiempo" y "El Nueva Prensa". Provéase lo conducente. Asimismo hágase la fijación de ley. Líbrese el cartel de citación respectivo. ASI SE DECIDE.-