Este Juzgado Superior Estadal Contencioso Administrativo de esta Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, actuando como Tribunal de alzada declara:
PRIMERO: INCOMPETENTE para conocer la demanda por tacha de Falsedad, interpuesta por el ciudadano Jesús Ramón Gómez Benítez, contra los ciudadanos Jonathan Daniel Mejias Pérez y Abelardo de Jesús Noguera Rumbo, todos ya identificados.
SEGUNDO: Se ordena Solicitar la Regulación de Competencia de la presente causa, en razón de lo planteado y en consecuencia remitir copias certificadas de las actas procesales a la presente causa, a la Sala Plena del Tribunal Supremo de Justicia. Líbrese oficio remítase. Cúmplase.-