En consecuencia, este Tribunal de Control N° 03 del Circuito Judicial Penal del Estado Anzoátegui, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley DECRETA: MEDIDA DE PRIVACIÓN JUDICIAL PREVENTIVA DE LIBERTAD a los imputados: DANNY JOSÉ CAMPOS CHINA, quien es venezolano, titular de la cédula de identidad N° 15.573.314, natural de Aragua de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació el 24/08/1980, de 24 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Obrero, hijo de Vicencio Campos (v) y Ana China (v), residenciado en la calle Amparan, casa N° 4, Barrio Arroyo, Aragua de Barcelona, Estado Anzoátegui. JULIO CÉSAR REYES, quien es venezolano, titular de la cédula de identidad N° 18.204.470, natural de Aragua de Barcelona, Estado Anzoátegui, donde nació el 24/01/1985, de 20 años de edad, de estado civil soltero, de profesión u oficio Mecánico, hijo de Martín Enrique Zurita (v) y Odila Reyes (v), residenciado en la cal.....