DECISION
Por las razones precedentes, este Juzgado Tercero Transitorio de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Estado Anzoátegui, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, de conformidad con la parte in fine del artículo 249 del Código de Procedimiento Civil, aplicado por remisión expresa del artículo 11 de la Ley Orgánica del Trabajo, fija definitivamente la estimación de lo que debe pagar la empresa demandada V.F.G. SUDAMTEX, C.A., originalmente constituida bajo la denominación de Pennwalt Venezolana, C.A., según documento inscrito en el Registro Mercantil de la Circunscripción Judicial del Estado Zulia, bajo el N° 15, Tomo 16-A, en fecha 14-06-1979 y modificada su denominación comercial y domicilio, según documento inscrito por ante la Oficina de Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, el día 30 .....