Se CONFIRMA en todas y cada una de sus partes la sentencia dictada en fecha 22 de junio del año 2004 por el Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Agrario y Tránsito, de esta ciudad de El Tigre, con motivo de la Interdicción Civil solicitada por la ciudadana HORTENSIA MARIA DELGADO PALERMO, debidamente asistida por el abogado ADALBERTO CARRASCO MATA, declarandose la INTERDICCION DEFINITIVA del ciudadano JOSE RAFAEL PALRMO MEDORI, de conformidad con el artículo 393 del Código Civil y designandose como tutora definitiva a la ciudadana HORTENSIA MARIA DELGADO DE PALERMO, plenamente identificada a los autos en su coedición de cónyuge del mencionado ciudadano.