se declara CON LUGAR la solicitud de DIVORCIO, fundamentada en el Artículo 185-A del Código Civil, presentada por los ciudadanos JOSÉ BENJAMIN LÓPEZ y ROSA GREGORIA MEJÍAS PÉREZ, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nros. V-2.804.145, y V-4.498.725, respectivamente, debidamente asistidos por la Abogada en ejercicio DELIANA ÁVILA GARCÍA, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nro. 89.631.